Seguro exequial para pensionados; conozca sus facilidades y beneficios

Seguro exequial para pensionados

Colombia está envejeciendo, pues de los 45,5 millones de habitantes que hay en el país, el 9,2 % o 4,1 millones tienen 65 años o más, es por esto que es importante estar cubierto para cualquier eventualidad y un seguro exequial para pensionados es la mejor opción.

Este seguro es ideal para esas personas mayores de 75 años que no pueden acceder a un plan de previsión exequial, pues con una protección de este tipo, se adquiere de manera anticipada, preventiva y vitalicia.

Este es un servicio pagado con antelación que puede cubrir parcial o totalmente unas exequias. Es decir, puede adquirirse un seguro exequial para pensionados para pagarlo por cuotas, pues que el servicio del campo santo ya esta totalmente cubierto. Este es el mejor servicio funerario que se puede obtener si no se adquirió un seguro previo a la pensión.

El seguro exequial para pensionados en general cuenta con los siguiente beneficios:

  • Cober­tura vitalicia.
  • Sin límites de edad.
  • Sin condi­cionamiento por preexistencia.
  • Valor con­ge­lado al paso del tiempo.
  • Acceso a salas preferenciales.
  • Ser­vi­cio con­tratado direc­ta­mente con Gratitud Gaviria del Grupo Gaviria.
  • Un con­trato puede tener múlti­ples ben­e­fi­cia­r­ios pero será prestado únicamente a una persona.

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¿Sabía usted que por ley, toda persona que aporte a un fondo de pensiones tiene derecho a un auxilio funerario?

En Colombia, nueve de cada 10 hogares cuenta con algún esquema de seguridad y protección frente a cualquier riesgo , según lo reveló el Primer Estudio de Demanda de Inclusión Financiera en Seguros, elaborado por la Superintendencia Financiera, el programa estatal Banca de las Oportunidades y el gremio de los aseguradores del país, Fasecolda.

El estudio arrojó que en todo el territorio nacional, el 76 % de los hogares tiene seguridad social (EPS y/o riesgos laborales), 47,5% cuenta con pólizas exequiales , y un 42,4% seguros obligatorios como el Soat y seguros atados a créditos.

De acuerdo a la Ley 100 de 1993, en su artículo 86, cualquier persona que demuestre haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado a un fondo de pensiones o de un pensionado, podrá recibir un auxilio funerario por parte de la respectiva administradora o aseguradora según corresponda.

La persona que pretende reclamar el auxilio no necesariamente tiene que ser familiar, puede ser un simple amigo pero debe demostrar que efectivamente corrió con los gastos mediante la presentación de copias de facturas de venta o, en caso de que haya sido sufragado mediante contrato exequial, presentar la certificación de gastos expedida por la entidad .

Esta ayuda corresponderá al último salario base de cotización del afiliado, o al valor correspondiente a la última mesada recibida por el pensionado, sin que este auxilio pueda ser inferior a 5 salarios mínimos ni superior a 10 smmlv; pues así lo establece el artículo 86 de la Ley 100 de 1993.

Asimismo, este beneficio se puede solicitar hasta un año después del fallecimiento del pensionado, si no se solicita en este tiempo, este auxilio funerario no será reconocido aún cuando se tengan los papeles correspondientes (Ley Decreto 758, artículo 50, de 1990).

Tenga en cuenta que, cuando se trata de un afiliado, éste deberá estar al día en el pago de los aportes al Sistema General de Pensiones. Si no es así, perderá el derecho a recibir el pago del auxilio funerario.

La muerte de un miembro de la familia es un evento que debe enfrentarse con resignación, pero también con dinero. Por esto, adquirir un seguro exequial para pensionados es tan importante como la organización de otros eventos de la vida.

Pues el no contar con ningún tipo de seguro o previsión exequial se deberá correr con precios más elevados que los de un plan funerario pagados con antelación.

Por tal motivo, la mejor forma de financiar una muerte es a través de afiliación a un seguro o previsión exequial que se puede contratar con una aseguradora, una casa funeraria o un cementerio.

En La Ascensión ponemos a su dis­posi­ción el mejor per­sonal para aseso­rarlo, tanto en la reclamación del aux­ilio funer­ario como en la adquisición de seguros y planes exequiales para usted y su familia. Para mayor información ingrese a: www.laascension.com

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